Inh. Lázaro Padilla Manzo
Representante ante la Cláusula 97
Compañeras y compañeros de la Sección XXXII Noroeste de la CDMX:
Es un honor para su servidor y amigo pertenecer a este honorable sindicato, así como poder representarles y gestionar ante las autoridades correspondientes sus solicitudes relacionadas con el ejercicio de sus derechos contractuales, en lo referente a la “Cláusula 97 Anticipo de Sueldo” y la “Cláusula 107 Vale a Cuenta de Aguinaldo”.
Asimismo, refrendo mi compromiso de trabajar de manera coordinada y en unidad con el liderazgo de nuestro Secretario General.
Trámites y Actividades bajo mi Responsabilidad
A) Cláusula 97 — Anticipo de Sueldo
Es un anticipo a cuenta de sueldos de los trabajadores, a solicitud del trabajador, sin intereses, de un mes de sueldo hasta cuatro meses de sueldo para su préstamo, pagadero desde 10 quincenas hasta 40 quincenas, según el caso que corresponda.
Requisitos:
- El trámite se inicia en el área de personal de cada unidad, entregando el último tarjetón para disfrute del concepto 042, sin que se deduzca el concepto 160. Al recibir la documentación, el trabajador la entrega a la Representación Sindical Local.
- La solicitud de anticipo de sueldo debe contar únicamente con 3 firmas: quien certifica la vigencia laboral, el trabajador y el SNTSS.
- Vigencia laboral con firma y sello de la unidad.
- Capacidad de crédito firmada y sellada por el IMSS.
- Último tarjetón (sin concepto 160, con liquidez y con un mínimo de 23 quincenas de antigüedad del trabajador).
- Si es personal eventual sustituto 02: carta compromiso (normada), pagaré y BT09; este último debe coincidir con la plaza del tarjetón.
- Las fechas de recepción serán los dos últimos días hábiles de cada quincena.
No se aceptarán trámites fuera de dicha fecha, sin excepción alguna.
B) Cláusula 107 — Vale a Cuenta de Aguinaldo
El pago se realizará anticipando un mes, en la primera quincena de agosto, a solicitud del trabajador, aplicando el ajuste correspondiente al cobro del aguinaldo en la primera quincena del mes de diciembre del mismo año.
Requisitos:
- El trámite se inicia en la Representación Sindical Local de cada unidad, entregando el último tarjetón y llenando el formato correspondiente, para su disfrute en la primera quincena del mes de agosto.
- Período de recepción: del 4 de mayo al 12 de junio de 2026. Fecha límite: último día de recepción.
- La solicitud deberá contar con la firma del jefe de dependencia, sello de la unidad y firma del trabajador.
- Anexar el último tarjetón de cobro del interesado dentro del período señalado.
- El personal sustituto 02 tendrá derecho al trámite, siempre y cuando cuente con 23 quincenas de antigüedad cumplidas para la quincena 13 (1.ª quincena de julio).
No se aceptarán trámites fuera de dicha fecha, sin excepción alguna.
Ubicación y Contacto
Calle 13 No. 119, segundo piso, Col. Azcapotzalco, Alcaldía Azcapotzalco, C.P. 02600, Ciudad de México. Teléfonos: 5355-0945 y 5355-1100, ext. 125.